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Iniciativa de Donación Comunitaria
El éxito de los estudiantes se extiende más allá del día escolar. Nuestra Iniciativa de Donación Comunitaria es una de las formas en que apoyamos a las organizaciones sin fines de lucro que sirven a los jóvenes de nuestra comunidad.
El plazo de solicitud está cerrado.
¿Quiere solicitarla el año que viene? Inscríbase para recibir información actualizada sobre ésta y otras oportunidades de subvención del CEF.
¡Aplique ahora!
¡Alentamos a las organizaciones sin fines de lucro que brindan servicio directo a los jóvenes de West Contra Costa a que presenten su solicitud hoy!
Plazo de solicitud: Jueves, 2 de noviembre de 2023
Consulte la sección de preguntas frecuentes para obtener más información.
Resumen
La Iniciativa de Donación Comunitaria (ICD) apoya a nuestros objetivo de promover el éxito de los estudiantes mediante el apoyo a los programas de desarrollo de la juventud que sirven directamente a los estudiantes de West Contra Costa.
Estamos orgullosos de apoyar a las organizaciones locales alineadas con su misión -en particular, a las que dan prioridad a las necesidades de los estudiantes negros, latinos y de otras poblaciones desatendidas- para garantizar que los jóvenes locales puedan acceder a oportunidades de aprendizaje creativas, enriquecedoras y culturalmente afirmativas más allá de la jornada escolar.
Jóvenes atendidos anualmente por las organizaciones de CGI
Organizaciones financiadas en 2023
Subvenciones de la CGI desde 2017
Elegibilidad y evaluación
Las organizaciones sin ánimo de lucro que prestan servicios directos a los jóvenes de West Contra Costa pueden presentar su solicitud. Ver información detallada de elegibilidad y preguntas frecuentes a continuación.
Nuestro equipo utiliza un rúbrica de evaluación para ayudar a determinar los importes de financiación de las subvenciones CGI hasta $15.000.
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Beneficiarios destacados de CGI
Preguntas más frecuentes: CGI
Su organización es elegible para solicitar una subvención de Iniciativa de Donación Comunitaria si:
- Es una organización benéfica pública sin ánimo de lucro 501(c)(3) en regla (o patrocinada fiscalmente por una)
- Brinda servicio directo a jóvenes (de 0 a 21 años) en el condado de West Contra Costa, CA (Richmond, San Pablo, El Sobrante, El Cerrito, Pinole, Hercules y partes no incorporadas de West Contra Costa)
- No es una escuela (pública o privada), una organización religiosa, una asociación de padres y maestros, un club de apoyo u otra organización de recaudación de fondos de la escuela o los ex alumnos.
Los fondos de la subvención deben usarse para apoyar la misión general de la organización al servicio de los jóvenes de West Contra Costa. Los fondos se pueden utilizar para gastos operativos generales o iniciativas programáticas específicas. CEF no requiere informes de subvenciones para las subvenciones de CGI.
No. En el pasado, requeríamos que un miembro de la comunidad completara una nominación, pero este año le recomendamos que exprese interés (en la sección azul en la parte superior de esta página) en nombre de su propia organización o en nombre de cualquier otra organización que usted cree que puede ser elegible para una subvención CGI. Un miembro de nuestro equipo hará un seguimiento una vez que recibamos su nombre y correo electrónico.
Se enviará un enlace al formulario de solicitud en línea por correo electrónico, y la solicitud electrónica debe completarse en su totalidad y enviarse antes de la Fecha Límite de Solicitud. No se considerarán las presentaciones incompletas o tardías. Le enviaremos una confirmación automática de recepción de su solicitud después de que se haya enviado correctamente. Nuestro equipo se comunicará con usted una vez que hayamos determinado el monto de la subvención CGI (si corresponde).
La Rúbrica de evaluación de CGI brinda transparencia en nuestro proceso de concesión de subvenciones. Ayuda a nuestro equipo a determinar el monto de la subvención (hasta $15,000) según las características clave de la organización y los jóvenes a los que sirve.
Sujeto a las restricciones adicionales a continuación, la Community Giving Initiative (el "Programa de subvenciones") solo está disponible para organizaciones sin fines de lucro 501 (c) (3) en regla (u organizaciones patrocinadas fiscalmente por una) que brindan servicio directo a los jóvenes. de 0 a 21 años en West Contra Costa. West Contra Costa es un área en el condado de Contra Costa que incorpora las ciudades de El Cerrito, El Sobrante, Hercules, Kensington, North Richmond, Pinole, San Pablo, Richmond. Las escuelas, las asociaciones de padres y maestros, los clubes de apoyo, otras organizaciones de recaudación de fondos escolares o de exalumnos y las organizaciones religiosas no son elegibles para una subvención de CGI.
Período de solicitud
El Periodo de Solicitud comenzará a las 12:00 AM hora del Pacífico ("P.T.") del 24 de octubre de 2024 y finalizará a las 11:59PM P.T. del 12 de noviembre de 2024 (el "Periodo de Solicitud"). El Periodo de Solicitud consiste en un periodo de presentación de solicitudes de subvención.
Cómo aplicar
Para presentar una solicitud, durante el Periodo de Solicitud, el Solicitante debe rellenar una solicitud oficial en nombre de una organización (la "Organización Solicitante"). Las respuestas del Solicitante deben describir cómo los fondos beneficiarán a los jóvenes atendidos por la Organización Solicitante. El formulario de solicitud oficial sólo está disponible en línea visitando la página de la Iniciativa de Donaciones a la Comunidad de la CEF en https://chamberlinfoundation.org/community-giving-initiative/ y haciendo clic en el enlace "¡Solicite ahora!", que dirige a los visitantes a la plataforma de solicitud en línea Temelio. Los solicitantes deberán crear una cuenta Temelio utilizando su cuenta de correo electrónico oficial asociada a la Organización solicitante. Rellene el formulario de solicitud con toda la información requerida y la carga de archivos y, a continuación, envíe la inscripción haciendo clic en el botón "ENVIAR". Los patrocinadores se reservan el derecho a exigir que se demuestren las afirmaciones y los hechos declarados en cualquier solicitud, y a descalificar a un solicitante si dichas afirmaciones no pueden demostrarse. Los Patrocinadores también se reservan el derecho de exigir pruebas de verificación de empleo por parte del Solicitante en cualquier momento. Los Patrocinadores no serán responsables de solicitudes incompletas, perdidas, tardías, mal dirigidas o ilegibles. Todas las solicitudes pasarán a ser propiedad de los Patrocinadores y no se devolverá ninguna. Su ordenador debe aceptar las cookies, o cualquier tecnología sucesora o similar, que puedan utilizarse para el seguimiento de las solicitudes. El software de bloqueo de anuncios de su ordenador debe estar desactivado para que no interfiera en el procesamiento de su inscripción. Al inscribirse, los solicitantes aceptan los términos de estas Directrices Oficiales y recibir correos electrónicos de los Patrocinadores o dirigidos por éstos en relación con los productos y servicios de los Patrocinadores, así como el boletín digital de la Chamberlin Education Foundation.
Selección del beneficiario de la subvención
Los criterios para obtener la aprobación para la concesión de una subvención serán (i) la elegibilidad del solicitante; (ii) una explicación de cómo se utilizarán los fondos para promover la misión de la Organización Solicitante al servicio de la juventud de West Contra Costa; y, (iii) una evaluación de las cualificaciones de la Organización Solicitante basada en la Rúbrica CGI (la "Rúbrica"). Las decisiones de los Patrocinadores serán definitivas y vinculantes en todos los aspectos. Cada Beneficiario de la Subvención recibirá una subvención por el importe que determine el equipo del CGI.
Notificación y aceptación al beneficiario de la subvención
Los beneficiarios seleccionados serán notificados el 22 de noviembre de 2024 o antes. Los patrocinadores notificarán a los receptores de la subvención seleccionados a través de su cuenta de Temelio y las notificaciones por correo electrónico enviadas a través de su cuenta de Temelio. Los beneficiarios de la subvención podrán renunciar a su derecho a recibirla. Las becas son intransferibles e intransferibles. No se permiten sustituciones por parte de los Beneficiarios de Subvenciones. Es posible que se exija a cada Beneficiario de la subvención que rellene una declaración jurada de elegibilidad/responsabilidad y una exención de publicidad (excepto en los casos en que la ley lo prohíba), que deberá devolverse según las indicaciones de los Patrocinadores. El hecho de no firmar y devolver la declaración jurada o el descargo de responsabilidad, o de no cumplir cualquier término o condición de estas Directrices Oficiales, puede dar lugar a la descalificación del Receptor de la subvención y a la pérdida de su derecho a la subvención. Salvo en los casos en que esté prohibido, la aceptación de cualquier premio constituye el consentimiento del Becario para que el Patrocinador publique su nombre, información biográfica e imagen en cualquier medio de comunicación con fines promocionales, sin limitación ni compensación adicional. Todo Premio de subvención que no sea canjeado y reclamado por los Beneficiarios de subvención elegibles de conformidad con estas Directrices oficiales no será concedido y seguirá siendo propiedad de los Patrocinadores.
Participación
Al participar, cada solicitante acepta regirse por estas Directrices Oficiales y las decisiones de los Patrocinadores. Los patrocinadores se reservan el derecho de descalificar a las personas que se encuentren alterando o abusando de cualquier aspecto de este programa de subvenciones según lo determinen únicamente los patrocinadores. En el caso de que el Programa de Subvenciones se vea comprometido por un virus, intervención humana no autorizada, manipulación u otras causas más allá del control razonable de los Patrocinadores, que corrompe o perjudica la administración, seguridad, equidad o funcionamiento adecuado del Programa de Subvenciones, los Patrocinadores se reservan el derecho, a su entera discreción, de suspender, modificar o terminar el Programa de Subvenciones. Si el Programa de subvenciones se termina antes de la fecha de vencimiento indicada, los Patrocinadores se reservan el derecho de otorgar subvenciones en función de las solicitudes recibidas antes y / o después de la fecha de terminación, o de la manera que los Patrocinadores consideren justa y apropiada. Los patrocinadores no serán responsables por aplicaciones incompletas, perdidas, atrasadas, mal dirigidas o ilegibles, o por no recibir aplicaciones u otras comunicaciones electrónicas debido a fallas de transmisión o fallas técnicas de cualquier tipo, incluyendo, sin limitación, mal funcionamiento de cualquier red, hardware o software, ya sea que se origine con el remitente o los patrocinadores. El titular autorizado de la cuenta de la dirección de correo electrónico enviada al momento de la solicitud se considerará participante. Un "titular autorizado de la cuenta" significará la persona física asignada a dicha cuenta de correo electrónico por el proveedor de acceso a Internet, el proveedor de servicios en línea u otra organización responsable de asignar direcciones de correo electrónico para el dominio asociado con dicha cuenta de correo electrónico.
Liberación
Al postularse al Programa de subvenciones (y, si corresponde, al recibir la subvención), cada participante acepta liberar y eximir de responsabilidad a los Patrocinadores y a cada una de sus respectivas empresas matrices, subsidiarias, afiliadas, proveedores, distribuidores, agencias de publicidad / promoción y premios. proveedores, y cada uno de sus respectivos funcionarios, directores, miembros, empleados y agentes (colectivamente, las "Partes Exoneradas") de y contra cualquier reclamo o causa de acción, incluidos, entre otros, lesiones personales, muerte o daños a o pérdida de propiedad, que surja de la participación en el Programa de Subvenciones o, para cada Beneficiario de la Subvención, la recepción o uso o mal uso de cualquier subvención.
Limitaciones de responsabilidad
Las Partes Exoneradas no son responsables de: (1) cualquier información incorrecta o inexacta, ya sea causada por los participantes, errores de impresión o por cualquiera de los equipos o la programación asociada o utilizada en el Programa de Subvenciones; (2) fallos técnicos de cualquier tipo, incluyendo, pero no limitado a mal funcionamiento, interrupciones o desconexiones en las líneas telefónicas o en el hardware o software de la red; (3) la intervención humana no autorizada en cualquier parte del proceso de solicitud o del Programa de Subvenciones; (4) errores técnicos o humanos que puedan producirse en la administración del Programa de Subvenciones o en la tramitación de las solicitudes; (5) retraso, pérdida, imposibilidad de entrega, daño o robo de los premios de las subvenciones; o (6) cualquier lesión o daño a personas o bienes que pueda ser causado, directa o indirectamente, en todo o en parte, por la participación del participante en el Programa de Subvenciones o por la recepción o el uso o mal uso de cualquier premio de las subvenciones. Si, por cualquier motivo, se confirma que la solicitud de un participante ha sido borrada por error, se ha perdido o ha sido destruida o corrompida de alguna manera, el único recurso del participante es otra solicitud en el Programa de subvenciones, a menos que no sea posible conceder otra solicitud debido a la interrupción o finalización del Programa de subvenciones.
Disputas: Excepto donde esté prohibido, el participante acepta que: (1) todas y cada una de las disputas, reclamaciones y causas de acción que surjan de o estén relacionadas con este Programa de subvenciones o cualquier subvención otorgada se resolverán individualmente, sin recurrir a ninguna forma de demanda colectiva, y exclusivamente por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para California o el Tribunal del Estado de California correspondiente ubicado en Richmond, CA EE. UU.; (2) todos y cada uno de los reclamos, fallos y laudos se limitarán a los costos de bolsillo reales incurridos, incluidos los costos asociados con la participación en este Programa de Subvenciones, pero en ningún caso los honorarios de los abogados; y (3) bajo ninguna circunstancia se le permitirá al participante obtener premios y, por la presente, el participante renuncia a todos los derechos de reclamar, daños indirectos, punitivos, incidentales y consecuentes y cualquier otro daño, que no sean los gastos de bolsillo reales, y todos y cada uno de los derechos a que se multipliquen o aumenten los daños. Todas las cuestiones y cuestiones relativas a la construcción, validez, interpretación y aplicabilidad de estas Directrices Oficiales, o los derechos y obligaciones de los Receptores de Subvenciones y Patrocinadores en relación con el Programa de Subvenciones se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes del Estado de California, sin dar efecto a ninguna elección de ley o reglas de conflicto de leyes (ya sea del Estado de California o de cualquier otra jurisdicción), lo que causaría la aplicación de las leyes de cualquier jurisdicción que no sea el Estado de California.
La Iniciativa de Donación Comunitaria está patrocinada por Chamberlin Education Foundation ubicada en 855 Marina Bay Richmond, CA 94804 (colectivamente, “Patrocinadores”). Las decisiones de los patrocinadores con respecto a la selección de los beneficiarios de las subvenciones y todos los demás aspectos del programa de subvenciones serán definitivas y vinculantes en todos los aspectos. Los patrocinadores no serán responsables de errores tipográficos, de impresión u otros errores inadvertidos en estas Directrices oficiales o en otros materiales relacionados con el Programa de subvenciones. Para obtener una copia de estas Directrices oficiales, visite https://chamberlinfoundation.org/community-giving-initiative/.